Sociedad

La Corte Suprema avala ley universitaria y reafirma obligación del Gobierno de Milei

La Corte Suprema de Justicia de Argentina, mediante una resolución firmada por los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, ha ratificado la medida cautelar que exige al gobierno de Javier Milei cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, previamente sancionada por el Congreso Nacional. Este pronunciamiento del máximo tribunal, dado a conocer este jueves, se enmarca en un escenario particular, tras el reciente acuerdo entre la Secretaría de Educación, dependiente del Ministerio de Capital Humano, y las universidades públicas, que había logrado desactivar un conflicto que se extendió por más de dos años.

Aunque esta decisión judicial no generará un impacto económico adicional inmediato, ya que el entendimiento previo con la cartera de Capital Humano, encabezada por Sandra Pettovello, ya contemplaba una recomposición salarial y la actualización de programas estudiantiles, su trascendencia reside en el fuerte respaldo institucional y legal que confiere tanto a la normativa como al rol del Poder Legislativo.

El dictamen de la Corte Suprema desestimó un recurso presentado por el Poder Ejecutivo, fundamentando su rechazo en la ausencia de una sentencia definitiva. Esta determinación mantiene vigentes las disposiciones que ordenan la actualización salarial del personal docente y no docente, así como la recomposición de los programas destinados a estudiantes, tal como se especifica en los artículos 5 y 6 de la ley. La actualización incluye un incremento salarial del 24,33% para el sector universitario, abarcando el período desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la promulgación de la norma.

El prolongado conflicto por el financiamiento universitario, caracterizado por marchas, paros y una disputa en el ámbito judicial, encontró un cauce a principios de mes a través de un acuerdo. Este fue rubricado por la Subsecretaría de Políticas Universitarias, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y las organizaciones gremiales que representan a docentes y no docentes.

La acción judicial original, un amparo colectivo, fue promovida por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional y diversas casas de estudio del país. La medida cautelar, ahora confirmada por la Corte, había sido emitida inicialmente por la justicia contencioso administrativa federal, que ordenó la aplicación inmediata de ciertas partes de la ley antes de una resolución de fondo, mandato que el máximo tribunal ahora reafirma.

La génesis del caso se remonta a un veto del Gobierno a la Ley de Financiamiento Universitario, la posterior insistencia del Congreso en su sanción y la subsiguiente subordinación de su aplicación por parte del Ejecutivo a la determinación de las fuentes de financiamiento. Tras un fallo previo de una Cámara que instaba a su cumplimiento, el Estado había recurrido a la Corte Suprema, recurso que finalmente ha sido rechazado.