Justicia procesa a El Presto por instigar a la discriminación religiosa
El youtuber e influencer Eduardo Miguel Prestofelippo, conocido popularmente como «El Presto», fue procesado por la Justicia federal argentina bajo la acusación de difundir un discurso discriminatorio contra la comunidad musulmana a través de un video publicado en su canal de YouTube. La resolución, emitida por el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi, establece que sus manifestaciones exceden los límites legítimos de la libertad de expresión y se encuadran en el delito de promoción de la discriminación religiosa, tipificado en la Ley Antidiscriminatoria 23.592.
La investigación se originó a partir de una denuncia presentada por el Centro Islámico de la República Argentina. La entidad cuestionó un editorial de Prestofelippo donde criticaba la participación de un joven musulmán en un programa de televisión de alcance nacional.
En el video, el imputado lanzó una serie de expresiones virulentas contra el Islam y sus fieles. Argumentó que la presencia del participante Yaid Yousef, nacido en Egipto y vinculado a la diplomacia, en el reality “Gran Hermano” era parte de una supuesta estrategia de «propaganda del Islam» en la televisión argentina. Entre sus dichos más polémicos, Prestofelippo calificó a los musulmanes como «ratas», afirmó que «no tiene que haber lugar alguno para el Islam, ni para los musulmanes en nuestra tierra», y concluyó con frases de alta carga belicista como «primero la guerra».
El magistrado Martínez De Giorgi sostuvo que estas expresiones constituyen «opiniones extremadamente ofensivas y denigrantes» contra la religión musulmana y sus adherentes. Según el fallo, tales manifestaciones «objetivan» a colectivos religiosos, negándoles subjetividad humana y generando «distinciones, exclusiones y restricciones» basadas en motivos religiosos que vulneran el respeto a la igualdad de condiciones.
La defensa de Prestofelippo había alegado que se trataba de opiniones periodísticas amparadas por la libertad de expresión. Sin embargo, el juez rechazó este argumento, subrayando que «los derechos no son absolutos» y que la libertad de expresión encuentra límites cuando afecta derechos fundamentales de terceros. Martínez De Giorgi enfatizó que el contenido del mensaje de Prestofelippo «excedió ampliamente» el ámbito de protección constitucional, al configurarse como un «discurso de odio».

